Deducciones Personales
Todo lo que puedes deducir en tu declaración anual como persona física, explicado en lenguaje simple. Conoce las reglas, los límites y los errores más comunes.
El límite global: lo más importante que debes entender
El SAT pone un tope máximo a lo que puedes deducir en total. Este límite aplica a la suma de todas tus deducciones (excepto las excluidas). Si tus deducciones suman más que el límite, solo puedes usar hasta ese monto.
Ejemplo: Si ganas $400,000 al año, tu límite es $60,000 (15% de $400K, que es menor a $218,973). Si ganas $2,000,000, tu límite es $218,973 (5 UMAs, que es menor al 15% de $2M = $300K).
Estas deducciones están EXCLUIDAS del límite global (tienen su propio tope):
Gastos médicos, dentales y hospitalarios
Art. 151, Fracción I LISRConsultas médicas, dentales, hospitalizaciones, análisis clínicos, lentes graduados, psicología y nutrición.
NO se puede pagar en efectivo
Los gastos médicos solo son deducibles si los pagaste con tarjeta de crédito, débito, transferencia o cheque nominativo. Si pagaste en efectivo, no es deducible, aunque tengas factura.
Beneficiarios válidos
Puedes deducir gastos médicos tuyos, de tu cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Condición: tus familiares no deben haber ganado más de 1 UMA anual ($43,795 en 2026) durante el año.
El emisor debe ser profesional de salud
La factura debe ser de un médico con cédula profesional, hospital, clínica, laboratorio, dentista, psicólogo o nutriólogo. Las facturas de farmacias por medicinas sueltas NO son deducibles.
Medicamentos: depende de dónde los compres
Si compras medicinas en una farmacia, no son deducibles. Solo son deducibles si están incluidos en la factura del hospital durante una hospitalización.
Lentes ópticos: límite de $2,500
Los lentes graduados son deducibles, pero solo hasta $2,500 MXN por año. Si gastaste más, solo se toman los primeros $2,500.
Fuiste al dentista y pagaste $5,000 con tu tarjeta de débito. MiAnual detecta automáticamente esta factura, verifica que el uso de CFDI sea "D01", que la forma de pago no sea efectivo y que el emisor sea profesional de salud. Si todo está correcto, la marca como deducible. Pero si hubieras pagado en efectivo, MiAnual te alertaría de inmediato: "Gasto médico pagado en efectivo — no será deducible. Solicita al proveedor que corrija la forma de pago."
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
Art. 151, Fracción I, segundo párrafo LISRPrótesis, sillas de ruedas, aparatos de rehabilitación y gastos relacionados con incapacidad o discapacidad.
NO se puede pagar en efectivo
Igual que los gastos médicos normales: solo con medios electrónicos (tarjeta, transferencia, cheque).
Discapacidad ≥ 50%: sin límite global
Si tienes una discapacidad del 50% o más, estos gastos se deducen sin tope (no cuentan para el límite de 5 UMAs). Necesitas una constancia de institución pública de salud que lo acredite.
Gastos cubiertos
Sillas de ruedas, muletas, prótesis, aparatos de rehabilitación, férulas y cualquier gasto directamente relacionado con la incapacidad o discapacidad.
Compraste una silla de ruedas por $18,000. MiAnual identifica la clave de producto (aparatos de rehabilitación) y la clasifica como D02. Te muestra una alerta informativa: "Este gasto podría estar exento del límite global si tienes constancia de discapacidad ≥50%. Adjunta tu constancia del IMSS para aplicar el beneficio completo." Con la constancia, el gasto no reduce tu espacio para otras deducciones.
Gastos funerarios
Art. 151, Fracción II LISRServicios funerarios para el contribuyente o familiares directos.
SÍ se pueden pagar en efectivo
A diferencia de los gastos médicos, los funerarios sí se pueden pagar en efectivo y siguen siendo deducibles. Esta es una excepción importante.
Límite: 1 UMA anual ($43,795 en 2026)
El máximo que puedes deducir por gastos funerarios es 1 UMA anual. Si gastaste más, solo se toma hasta ese límite.
Servicios prepagados: cuidado
Si contrataste un plan funerario a futuro, solo es deducible en el año en que se utilice, no cuando lo pagaste. Guardar la factura no es suficiente.
Pagaste $55,000 en efectivo por servicios funerarios para un familiar. MiAnual reconoce que en funerarios sí se acepta efectivo (no la rechaza como haría con un gasto médico) y calcula automáticamente que solo puedes deducir hasta $43,795 (1 UMA). En tu resumen fiscal verás: "Gasto funerario: $55,000 — Deducible: $43,795 (límite 1 UMA alcanzado)".
Donativos
Art. 151, Fracción III LISRDonativos a instituciones autorizadas por el SAT (fundaciones, asociaciones civiles, Cruz Roja, etc.).
Solo a donatarias autorizadas
El emisor de la factura debe estar en la lista de donatarias autorizadas del SAT (Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal). Si no está en la lista, no es deducible aunque diga "donativo".
Límite: 7% de tus ingresos del año anterior
Puedes deducir hasta el 7% de tus ingresos acumulables del ejercicio anterior. Si donas a gobierno federal, el límite de esa porción es 4%, pero el total nunca excede 7%.
EXCLUIDO del límite global
Los donativos tienen su propio límite (7%) y no compiten con tus gastos médicos o colegiaturas por el espacio del límite de 5 UMAs/15%.
Donaste $10,000 a la Cruz Roja Mexicana. MiAnual cruza el RFC del emisor contra la lista de donatarias autorizadas del SAT y confirma que es válida. Además calcula tu límite del 7% con base en tus ingresos y te muestra cuánto espacio te queda. Si hubieras donado a una organización que NO está en la lista, MiAnual te avisaría: "El emisor no aparece como donataria autorizada — este donativo no será deducible."
Intereses reales de créditos hipotecarios
Art. 151, Fracción IV LISRLa parte de intereses reales que pagas por tu crédito hipotecario de casa habitación.
Solo para casa habitación
El crédito debe ser para tu casa donde vives. No aplica para departamentos de inversión, oficinas o inmuebles que rentes a terceros.
Crédito no mayor a 750,000 UDIS
Si tu crédito al momento de contratarlo superó las 750,000 UDIS (aproximadamente $6.2 millones MXN), no puedes deducir nada, ni siquiera parcialmente.
Solo intereses REALES, no nominales
No deduces todos los intereses que pagas. Solo la parte de intereses reales (intereses totales menos la inflación del período). Tu banco te emite una constancia anual con este dato.
Tienes un crédito hipotecario de $3 millones. Tu banco te emite un CFDI con D05 indicando $120,000 de intereses pagados. MiAnual detecta esta factura, verifica que el emisor sea una institución financiera y la clasifica como intereses hipotecarios. En tu resumen te muestra: "Intereses hipotecarios detectados: $120,000 nominales. Recuerda que solo los intereses reales son deducibles — consulta tu constancia anual del banco para el monto exacto." Si el crédito excediera 750,000 UDIS, MiAnual te alertaría que no es deducible.
Aportaciones voluntarias al SAR / Afore / PPR
Art. 151, Fracción V LISRAportaciones voluntarias a tu Afore, a un Plan Personal de Retiro (PPR) o al Sistema de Ahorro para el Retiro.
Solo en instituciones autorizadas
Debe ser a tu Afore, banco, aseguradora o casa de bolsa con autorización del SAT para manejar planes de retiro. No vale cualquier inversión.
Límite propio: 10% de ingresos o 5 UMAs
Puedes deducir el menor entre el 10% de tus ingresos acumulables y 5 UMAs anuales ($218,973 en 2025). Este límite se comparte con D09 (cuentas de ahorro).
EXCLUIDO del límite global
Estas aportaciones tienen su propio tope y no compiten con tus otras deducciones personales.
Requisito de permanencia
El dinero debe permanecer hasta tus 65 años o invalidez. Si lo retiras antes, el monto retirado se acumula como ingreso gravable y tendrás que pagar ISR sobre él.
Ganas $600,000 al año y aportas $50,000 voluntarios a tu Afore. MiAnual identifica el CFDI de tu Afore como aportación de retiro, calcula tu límite (menor entre $60,000 y $218,973) y confirma que los $50,000 son deducibles. En el panel de deducciones verás el desglose: "Aportaciones al retiro (D06+D09): $50,000 de $60,000 disponibles — EXCLUIDO del límite global." Si tuvieras también un D09, MiAnual los suma automáticamente para no exceder el tope compartido.
Primas de seguros de gastos médicos
Art. 151, Fracción VI LISRLo que pagas por tu seguro de gastos médicos mayores (GNP, AXA, Metlife, etc.).
Solo seguros de gastos médicos
Aplica para seguros complementarios o independientes del IMSS/ISSSTE. NO aplica para seguros de vida, de auto, de viaje o seguros con componente de ahorro/inversión.
Beneficiarios válidos
Puedes deducir la prima que cubre a ti, tu cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Misma condición de ingresos que gastos médicos.
Emisor debe ser aseguradora registrada
La factura debe ser de una aseguradora regulada por la CNSF: GNP, AXA, Metlife, Allianz, Mapfre, BUPA, etc.
Pagas $18,000 al año por tu seguro de gastos médicos mayores de GNP. MiAnual detecta que el emisor es una aseguradora registrada y que el uso de CFDI es D07, así que la marca como deducible automáticamente. Si por error tu aseguradora emitiera la factura con uso "S01" en vez de "D07", MiAnual te alertaría: "Prima de seguro médico con uso CFDI incorrecto — solicita corrección a GNP para que sea deducible."
Transportación escolar obligatoria
Art. 151, Fracción VII LISREl servicio de transporte escolar, pero solo cuando la escuela lo establece como obligatorio.
Debe ser OBLIGATORIO, no opcional
Solo es deducible si la escuela establece el transporte como requisito de inscripción. Si es un servicio opcional que tú contrataste, no es deducible aunque tengas factura con D08.
Separado de la colegiatura
El concepto de transporte debe aparecer separado en la factura. Si viene mezclado con la colegiatura en un solo concepto, no es deducible como D08.
La escuela de tu hijo cobra $3,500/mes de colegiatura y $1,200/mes de transporte. MiAnual separa ambos conceptos: clasifica la colegiatura como D10 y el transporte como D08. Si la escuela emitiera todo junto en una sola factura, MiAnual te alertaría: "El transporte escolar aparece mezclado con la colegiatura — solicita facturas separadas para poder deducir el transporte bajo D08." También te recuerda verificar que el transporte sea obligatorio.
Cuentas de ahorro y planes de pensiones
Art. 151, Fracción V LISRDepósitos en cuentas especiales de ahorro, primas de planes de pensiones y fondos de inversión para retiro.
Instituciones autorizadas
Los depósitos deben hacerse en bancos, aseguradoras u operadoras de fondos en cuentas diseñadas específicamente para el ahorro de retiro.
Límite COMPARTIDO con D06
El límite de D09 se suma con D06 (Afore). Juntos no pueden exceder el 10% de tus ingresos acumulables ni 5 UMAs anuales.
EXCLUIDO del límite global
Al igual que D06, tiene su propio límite y no compite con gastos médicos, colegiaturas u otras deducciones.
Aportas $30,000 a tu Afore (D06) y $20,000 a un plan de pensiones privado (D09). MiAnual detecta ambas facturas y las agrupa autom��ticamente, sumando $50,000 contra el límite compartido. En tu resumen verás: "Retiro D06: $30,000 + Ahorro D09: $20,000 = $50,000 de $60,000 disponibles (10% de tus ingresos)." Si la suma excediera el tope, MiAnual recortaría proporcionalmente y te explicaría cuánto de cada una aplica.
Colegiaturas
Decreto DOF 26/12/2013 (Estímulo fiscal)Pago de colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato en escuelas con RVOE.
Límite por nivel educativo
Preescolar: $14,200 · Primaria: $12,900 · Secundaria: $19,900 · Técnico: $17,100 · Bachillerato: $24,500. Universidad y posgrado NO son deducibles.
Solo colegiaturas, nada más
NO son deducibles: inscripciones, reinscripciones, útiles, uniformes, cuotas de padres de familia, actividades extraescolares, materiales, ni libros. Solo el pago por enseñanza.
NO se puede pagar en efectivo
Debe pagarse con medios electrónicos: tarjeta, transferencia o cheque nominativo. Pago en efectivo = no deducible.
La escuela debe tener RVOE
La institución educativa debe tener Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Busca que tu factura tenga el complemento IEDU con los datos del RVOE.
EXCLUIDO del límite global
Las colegiaturas son un estímulo fiscal (no Art. 151), así que no compiten con tus otras deducciones por el espacio del límite global.
Tu hijo va a secundaria y pagas $4,500/mes de colegiatura con tarjeta de débito. MiAnual lee el complemento IEDU de la factura, identifica el nivel educativo (secundaria) y aplica el límite de $19,900. En tu resumen: "Colegiatura secundaria: $54,000 pagados — Deducible: $19,900 (límite por nivel alcanzado)." Si la escuela emitiera la factura sin complemento IEDU, MiAnual te avisaría: "Factura sin complemento educativo — el SAT podría no reconocerla. Solicita corrección a la escuela."
Formas de pago y deducibilidad
Para que una deducción personal sea válida, generalmente debes haberla pagado con medios electrónicos. Esta tabla muestra qué formas de pago acepta el SAT:
| Clave | Forma de pago | ¿Deducible? | Notas |
|---|---|---|---|
| 01 | Efectivo | NO | Excepto gastos funerarios (D03) |
| 02 | Cheque nominativo | SÍ | |
| 03 | Transferencia electrónica | SÍ | La más segura y rastreable |
| 04 | Tarjeta de crédito | SÍ | |
| 05 | Monedero electrónico | SÍ | |
| 06 | Dinero electrónico | SÍ | |
| 28 | Tarjeta de débito | SÍ | |
| 29 | Tarjeta de servicios | SÍ | |
| 99 | Por definir | REVISAR | Podría ser efectivo — MiAnual te alerta |
Glosario de términos fiscales
Los conceptos fiscales más comunes, explicados sin tecnicismos:
MiAnual valida todo esto automáticamente
No tienes que memorizar estas reglas. MiAnual analiza cada una de tus facturas y te avisa si algo no cumple los requisitos para tu declaración anual.